¿Cómo se calcula la indemnización por formación de un jugador?

La indemnización por formación se pagará al/os club/es formadores de un jugador:

1) Cuando un jugador se inscriba por primera vez en calidad de profesional; o

2) Cuando un jugador profesional sea transferido entre clubes de dos federaciones de países distintos (ya sea durante la vigencia o al término de su contrato) antes de finalizar la temporada en la que cumpla su 23º cumpleaños.

Según el Reglamento de la FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, la formación y la educación de un jugador se realizan entre los 12 y los 23 años. Así, por regla general, la indemnización por formación se pagará hasta la edad de 23 años por la formación efectuada hasta los 21 años de edad, a menos que sea evidente que un jugador ha terminado su proceso de formación antes de cumplir dicha edad. En tal caso, se pagará una indemnización por formación hasta el final de la temporada en la que el jugador cumpla los 23 años, pero el cálculo de la suma de indemnización pagadera se basará en los años comprendidos entre los 12 años y la edad en que el jugador ha concluido efectivamente su formación.

La obligación de pagar una indemnización por formación existe sin perjuicio de cualquier otra obligación a pagar una indemnización por incumplimiento de contrato.

Por el contrario, no se debe una indemnización por formación:

i) Si el club anterior rescinde el contrato del jugador sin causa justificada (sin perjuicio de los derechos de los clubes anteriores); o

ii) Si el jugador es transferido a un club de la 4ª categoría; o

iii) Si el jugador profesional reasume su calidad de aficionado al realizarse la transferencia.

En el caso de la primera inscripción como jugador profesional, el club en el que se inscribe el jugador es responsable del pago de la indemnización por formación, en un plazo de 30 días a partir de la inscripción, a todos los clubes en los que estuvo inscrito el futbolista (de acuerdo con el historial de la carrera del jugador que figura en su pasaporte) y que han contribuido a su formación a partir de la temporada en la que cumplió 12 años de edad. La cantidad pagadera se calculará prorrata, en función de su período de formación con cada club. En el caso de transferencias subsiguientes del jugador profesional, la indemnización por formación se deberá sólo a su club anterior por el tiempo que efectivamente entrenó con éste.

En ambos supuestos anteriores, el pago de la indemnización por formación se efectuará en el plazo de los 30 días siguientes a la inscripción del jugador profesional en la nueva federación.

Una federación tendrá derecho a recibir la indemnización por formación, que en principio se debería a uno de sus clubes afiliados, si logra aportar prueba irrefutable de que el club en el cual el profesional estuvo inscrito y se formó, ya no participa en el fútbol organizado y/o ya no existe; en particular, por motivo de bancarrota, liquidación, disolución o pérdida de afiliación. Esta indemnización se destinará a programas de desarrollo del fútbol juvenil de la federación o federaciones en cuestión.

Respecto a los costos de formación, a fin de calcular el importe de dicha indemnización por la formación y educación proporcionada al jugador, las federaciones clasificarán a sus clubes en un máximo de cuatro categorías, de acuerdo con sus inversiones financieras en la formación de jugadores.

Estos costos de formación se establecen para cada categoría y corresponden a la suma requerida para formar a un jugador durante un año, multiplicada por un «factor jugador», que es la relación entre el número de jugadores que deben formarse para producir un jugador profesional.

Los costos de formación, que se establecen por confederación para cada categoría de club, así como la categorización de clubes de cada federación, se publican en el sitio de internet oficial de la FIFA (www.fifa.com), y son actualizados al final de cada año civil. Las federaciones deberán mantener al día en todo momento los datos referentes a la categoría de formación de sus clubes en el Transfer Matching System (TMS).

En cuanto al cálculo de dicha indemnización por formación, por regla general, es necesario considerar los gastos que el nuevo club hubiese efectuado en caso de haber formado al jugador.

En consecuencia, la primera vez que un jugador se inscribe como profesional, la indemnización por formación pagadera se calcula con los costos de formación de la categoría del nuevo club multiplicados por el número de años de formación; en principio, a partir de la temporada del 12º cumpleaños del jugador a la temporada de su 21º cumpleaños.

En el caso de transferencias subsiguientes, la indemnización por formación se calcula con los costos de formación de la categoría del nuevo club multiplicados por el número de años de formación con el club anterior.

Para garantizar que la indemnización por formación de jugadores muy jóvenes no se fije en niveles irrazonablemente altos, los costos de formación de jugadores de 12 a 15 años de edad, es decir cuatro temporadas, se basará en los costos de formación y educación de clubes de la 4ª categoría.

La Cámara de Resolución de Disputas podrá revisar disputas sobre el monto de una indemnización por formación y decidir un ajuste si el monto es obviamente desproporcionado en el caso revisado.

Por otra parte, en cuanto a las disposiciones especiales que se aplican para los países de la Unión Europea (UE) y del Espacio Económico Europeo (EEE) en la transferencia de jugadores de una federación a otra dentro del citado ámbito geográfico, el monto de la indemnización por formación se definirá de la manera siguiente:

a) Si el jugador pasa de un club de una categoría inferior a otro de categoría superior, el cálculo se realizará conforme a los gastos promedio de los costos de formación de los dos clubes.

b) Si el jugador pasa de una categoría superior a una inferior, el cálculo se realizará conforme a los costos de formación del club de categoría inferior.

En el territorio de la Unión Europea (UE)/Espacio Económico Europeo (EEE), la temporada final de formación puede realizarse antes de la temporada en la que el jugador cumpla sus 21 años de edad, si se comprueba que el jugador completó su formación antes de ese período.

Si el club anterior no ofrece al jugador un contrato, no se pagará una indemnización por formación a menos que el club anterior pueda justificar que tiene derecho a la misma. El club anterior debe ofrecer al jugador un contrato por escrito, remitido por correo certificado, a más tardar 60 días antes del vencimiento de su contrato vigente, y esta oferta ha de ser, al menos, de un valor equivalente al del acuerdo en vigor. Esta disposición no será en perjuicio de los derechos a una indemnización por formación de los clubes anteriores del futbolista.